El Tribunal Constitucional (TC) ha desestimado el recurso presentado por el Gobierno Canario contra la Ley de Parques Nacionales del 2007, subrayando que la titularidad de las aguas marinas entre islas es competencia exclusiva del Estado salvo casos muy excepcionales.
El TC recalca así que la Ley de 2007 se ajusta a la legalidad constitucional y que cualquier Parque Nacional que sea declarado en en aguas marinas será de competencia estatal y no regional, como pretendía Canarias.
Canarias cuenta en la actualidad con cuatro Parques Nacionales y ninguno de ellos está en el mar, pero su Ejecutivo se mostró reticente a uno de los puntos de la Ley aprobada por el Gobierno socialista en 2007.
Se trata del artículo 16.2, en que se afirma que "corresponde a la Administración General del Estado la gestión de los Parques Nacionales declarados sobre aguas marinas bajo soberanía o jurisdicción nacional, cuando el ecosistema protegido carezca de continuidad ecológica con la parte terrestre o la zona marítimo-terrestre situadas en la comunidad autónoma".
Basándose en su estatuto de autonomía, en el que reza que "la Comunidad Autónoma tiene competencias sobre las aguas próximas" y con miras a adquirir el control de posibles Parques Nacionales marinos que sean declarados en el futuro entre loas islas, el Gobierno regional llevó la Ley al TC, que seis años después la ha desestimado.
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